6 PARTIDOS POLÍTICOS

6.5 Principio de autorregulación

 

Principio de autorregulación partidaria no es irrestricto y debe asegurar que las escogencias que realicen los partidos políticos sean reflejo de la libre y secreta emisión del voto.

Tanto el actual como el anterior Código Electoral disponen que las agrupaciones políticas designarán a sus candidatos a la Asamblea Legislativa según lo prescriban sus propios estatutos. Con ello se reafirma el principio de autorregulación partidaria el cual, sin embargo, no es irrestricto al estar sometido al ordenamiento jurídico y, por ende, no puede excluir, por imperio de ley, de la Constitución Política y de los instrumentos internacionales de Derechos Humanos el estricto aseguramiento de que las escogencias que realicen los partidos sean reflejo de la libre y secreta emisión del voto.

4130-E1-2009 de las 15:30 horas del tres de setiembre de 2009. Recurso de amparo electoral interpuesto por el señor Olman Ugalde González en contra del Partido Movimiento Libertario.